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REVISTA INVECOM “Estudios transdisciplinarios en comunicación y sociedad” / ISSN 2739-0063 /
www.revistainvecom.org Vol. 5, # 3, 2025. Licencia CC BY. El deber del Estado peruano de asegurar el
derecho de acceso a educación secundaria en zonas rurales. José Faustino Valdivia Sánchez, Lidia Ana
Yucra Cosinga, Santos Bustamante Guevara y Gloria Rufina Bautista Quispe.
El deber del Estado peruano de asegurar el derecho de
acceso a educación secundaria en zonas rurales
The Peruvian State's duty to ensure the right of access to secondary
education in rural areas
José Faustino Valdivia Sánchez
https://orcid.org/0000-0002-6199-0103
jose.valdivia9@unmsm.edu.pe
Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Lima Perú.
Lidia Ana Yucra Cosinga
https://orcid.org/0009-0006-5016-8815
lyucra@pucp.edu.pe
Pontificia Universidad Católica del Perú. Lima Perú.
Santos Bustamante Guevara
https://orcid.org/0009-0004-0974-0504
sbustamante@ftpcl.edu.pe
Facultad de Teología Pontificia y Civil de Lima. Lima Perú.
Gloria Rufina Bautista Quispe
https://orcid.org/0000-0002-4661-6228
gloria.bautista@unmsm.edu.pe
Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Lima Perú.
RESUMEN
El presente artículo analizó el cumplimiento del Estado peruano de asegurar el derecho de acceso a educación secundaria en
zonas rurales del Perú durante los últimos años. Se aplicó el enfoque cualitativo, paradigma interpretativo, diseño
fenomenológico, método dogmático - hermenéutico, nivel o alcance descriptivo y exploratorio, técnica del análisis documental
y el instrumento sistema de fichaje. Los resultados revelan un limitado compromiso estatal para brindar acceso a la educación
secundaria en zonas rurales, evidenciadas principalmente tras la interposición de una acción de inconstitucionalidad en 2018,
que derivó en un mandato constitucional exigiendo al Ministerio de Educación (MINEDU) elaborar un plan de atención
educacional. Como consecuencia, se desarrollaron disposiciones y lineamientos para la prestación del servicio educativo,
involucrando a las Direcciones Regionales de Educación (DRE), Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL) e Instituciones
Educativas (IIEE); sin embargo, estas medidas no han logrado una cobertura nacional efectiva, evidenciando brechas en el
acceso y calidad educativa en zonas rurales.
Palabras claves: derecho a la educación, educación básica, deber del estado
Recibido: 23-09-24 - Aceptado: 29-11-24
ABSTRACT
This article analyzed the compliance of the Peruvian State in ensuring the right of access to secondary education in rural areas
of Peru during the last few years. The qualitative approach, interpretative paradigm, phenomenological design, dogmatic-
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Yucra Cosinga, Santos Bustamante Guevara y Gloria Rufina Bautista Quispe.
hermeneutic method, descriptive and exploratory level or scope, documentary analysis technique and the file system instrument
were applied. The results reveal a limited state commitment to provide access to secondary education in rural areas, evidenced
mainly after the filing of an unconstitutionality action in 2018, which resulted in a constitutional mandate requiring the Ministry
of Education (MINEDU) to develop an educational care plan. As a result, provisions and guidelines were developed for the
provision of educational service, involving the Regional Education Directorates (DRE), Local Education Management Units
(UGEL) and Educational Institutions (IIEE); however, these measures have not achieved effective national coverage, showing
gaps in access and educational quality in rural areas.
Keywords: right to education, basic education, duty of the state
INTRODUCCIÓN
El derecho a una educación básica de calidad y equitativa para todos los niños, niñas y adolescentes, especialmente
para aquellos que viven en zonas rurales, ha sido una preocupación constante. Sin embargo, la realidad muestra que muchos
no acceden a esta educación o, si lo hacen, no reciben una formación adecuada. La pandemia de COVID-19 exacerbó esta
situación, especialmente en lo que respecta al analfabetismo digital. Según el INEI (2017, 2023), las tasas de analfabetismo en
zonas rurales son significativamente más altas que en áreas urbanas. Esta problemática se debe, en gran medida, al limitado
compromiso estatal para garantizar el derecho a la educación de manera oportuna y pertinente. A pesar de lo establecido en la
Constitución Política del Perú (1993), que reconoce la educación como un derecho fundamental, la realidad muestra que en
zonas rurales las personas no pueden acceder, permanecer ni concluir sus estudios básicos.
El derecho a la educación no solo es un derecho humano fundamental, sino también un motor para el desarrollo
personal y social. Sin embargo, en el Perú, este derecho no siempre se ejerce en igualdad de condiciones. El Pacto Internacional
de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC, 1966) establece que la educación debe ser disponible, accesible,
aceptable y adaptable para todos. No obstante, en las zonas rurales, estas características suelen estar ausentes. En ese sentido,
este estudio busca reivindicar el derecho a la educación secundaria, especialmente en zonas rurales, y analizar el deber del
Estado de garantizar el acceso a la educación. Asimismo, se argumenta que el Estado está obligado a garantizar este derecho,
tal como lo establecen la Constitución y diversos tratados internacionales.
Para tal efecto, se planteó como pregunta central de esta investigación: ¿El Estado peruano cumple con su deber de
garantizar el derecho a una educación secundaria equitativa en zonas rurales? Y tuvo como propósito analizar cómo la
jurisprudencia, la legislación nacional y las acciones del Ministerio de Educación (MINEDU) han regulado el derecho a la
educación y si estas garantizan el acceso a la educación secundaria en igualdad de oportunidades en las zonas rurales del Perú.
Asimismo, se busca sensibilizar a la sociedad sobre la importancia de la educación como un factor clave para el desarrollo
individual y social.
METODOLOGÍA
Desde la perspectiva del campo del Derecho, se aplicó el enfoque cualitativo, entendido como una vía hacia una meta
(Hernández-Sampieri et al., 2018), orientado a mejorar las propuestas académicas (Nizama et al., 2020); bajo el paradigma
interpretativo (Guamán et al., 2021), el cual comprende corrientes que se centran en estudiar el actuar de las personas (Elgueta
y Palma, 2010); con un diseño fenomenológico que recoge la experiencia (Hernández-Sampieri y Mendoza, 2018,); y un
método dogmático-hermenéutico para analizar textos y responder a los objetivos del estudio (Quintana y Hermida, 2020). Se
trabajó a un nivel descriptivo y exploratorio para caracterizar y describir las categorías (Ramos, 2015, p. 12) y se utilizó la
técnica del análisis documental (Sime, 2021), considerada pertinente para desarrollar la investigación (Bernal, 2016). Todo ello
fue ordenado y sistematizado para lograr el propósito de la investigación (Loayza, 2021).
RESULTADOS
Los resultados arrojan que, si bien el Tribunal Constitucional ha emitido sentencias y recomendaciones para que el
MINEDU atienda esta problemática, el Estado no ha garantizado suficientemente el derecho a la educación en estas zonas. La
legislación peruana, incluida la Constitución y la Ley General de Educación, reconoce la educación como un derecho
fundamental; sin embargo, persisten brechas en su implementación, especialmente en el ámbito rural. Vásquez (2020) señala
que la pandemia evidenció las deficiencias del sistema educativo estatal y generó una oportunidad para corregir errores, velando
por el cumplimiento del derecho a la educación de manera equitativa. El MINEDU ha elaborado planes de atención educacional
en el ámbito rural en situación de pobreza, pero su alcance y efectividad han sido limitados debido a la pandemia. El insuficiente
presupuesto y la falta de coordinación interinstitucional han obstaculizado el cumplimiento de estos planes. Ames (2016) critica
la inconstancia de las políticas educativas dirigidas a las zonas rurales, lo que refleja una desconexión entre el Estado y las
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necesidades reales de estas comunidades. El autor expresa su inquietud por la asignación de recursos económicos y argumenta
que el Estado no prioriza el sector educativo, especialmente en las zonas rurales.
Además, varios estudios nacionales realizados por Serruto (2022), Cruz (2022), Pari-Bedoya et al. (2022) y Alva
(2021) revelan una notable ausencia de participación estatal efectiva para garantizar el derecho a la educación en ámbitos
rurales. Esta carencia se manifiesta en el limitado conocimiento de la diversidad cultural de estas regiones y de las aspiraciones
educativas de sus habitantes. Como consecuencia, se observa una escasez de políticas educativas diseñadas específicamente
para las realidades rurales, así como una infraestructura educativa precaria con deficiencias en tecnología, recursos educativos
y acceso a internet. Esta situación ha generado una brecha educativa significativa entre las zonas rurales y urbanas, como se
evidenció durante la aplicación de la estrategia "Aprendo en Casa", un aspecto resaltado por Bustamante (2024).
Asimismo, a nivel internacional, la literatura especializada de autores como Torres (2019), Galván (2020), Bonilla y
Muñoz (2022) y Hernández (2021) coincide en señalar la problemática que afrontan las poblaciones rurales para acceder a una
educación de calidad. La falta de conectividad y la ausencia de políticas educativas adaptadas a las particularidades de estas
regiones son factores recurrentes. Destacan, además, el abandono estatal, reflejado en una insuficiente inversión en políticas
públicas educativas acordes con las necesidades socioeconómicas y culturales de las poblaciones rurales.
Por otro lado, el derecho fundamental a la educación está reconocido en diversos instrumentos normativos nacionales
e internacionales, tales como la Constitución Política del Perú, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención sobre los Derechos del Niño, entre otros. Sin
embargo, la realidad evidencia que el Estado peruano no garantiza plenamente el derecho a una educación de calidad, inclusiva,
gratuita y obligatoria, especialmente en zonas rurales. Informes de la Defensoría del Pueblo y la Contraloría General de la
República demuestran que el acceso a la educación en el Perú se ve limitado por diversos factores. El artículo 13 del Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC, 1966) establece que la educación debe ser disponible,
accesible, aceptable y adaptable para todos. No obstante, en muchas regiones del país, estas características no se cumplen en
su totalidad.
La problemática se manifiesta en cuatro dimensiones críticas establecidas por el PIDESC (1966). En términos de
disponibilidad, existe una marcada insuficiencia de instituciones educativas con infraestructura adecuada, programas de
enseñanza pertinentes, equipamiento apropiado y personal docente actualizado. Respecto a la accesibilidad, se evidencian
carencias significativas en instituciones y programas que deberían estar disponibles de manera obligatoria y gratuita. En cuanto
a la aceptabilidad, los aprendizajes no reflejan suficientemente la relevancia, contextualización y diversificación necesarias
según los estándares de calidad educativa. Finalmente, en términos de adaptabilidad, la oferta educativa carece de flexibilidad
para ajustarse a las realidades específicas de los pobladores rurales (Vigo y Nakano, 2007).
La pandemia de COVID-19 exacerbó estas deficiencias estructurales, exponiendo con mayor claridad la brecha digital
y educativa entre zonas urbanas y rurales. La estrategia "Aprendo en Casa", implementada como respuesta a la crisis sanitaria,
demostró las limitaciones del sistema educativo rural, ya que muchos estudiantes no pudieron acceder a la educación virtual
por falta de recursos tecnológicos, conectividad y apoyo adecuado. Esta situación evidenció que las estrategias implementadas
no han sido suficientes para mitigar las inequidades históricas en la relación campo-ciudad reflejadas en el ámbito educacional
(Kalman, 2021). La desigualdad en el acceso a la educación secundaria rural también se refleja en la deficiente administración
de recursos. Ames (2016) señala que el Estado no prioriza adecuadamente la educación en términos presupuestarios, y los
recursos asignados no se distribuyen equitativamente entre zonas urbanas y rurales. Además, la falta de proyectos educativos
que respondan de manera efectiva a las necesidades de las zonas rurales, sumada a la carencia de personal capacitado para
diseñar intervenciones basadas en estudios de campo, agrava esta problemática.
DISCUSIÓN
El Tribunal Constitucional ha señalado la gravedad de esta situación en la Sentencia del EXP. Nº 00853-2015-PA/TC,
donde se identificó que, si bien el MINEDU planteó una política de atención educativa para ámbitos rurales, esta carecía de
disposiciones presupuestarias claras para aspectos fundamentales como la edificación de colegios, mejoras en la infraestructura,
servicios básicos y capacitación docente. Cruz (2022) identifica dos brechas fundamentales que caracterizan esta problemática:
la ausencia de promoción y políticas educativas adecuadas, dotadas de presupuesto para la educación rural, y la escasez de
recursos tecnológicos en las escuelas rurales. Estas carencias generan una desigualdad sistemática en términos de oportunidades
educativas y preparación docente. Gómez-Arteta y Escobar-Mamani (2021) advierten que esta situación no solo compromete
el derecho a la igualdad de oportunidades educativas, sino que también amenaza con transformar la educación en una mercancía
accesible únicamente para quienes cuentan con recursos económicos y tecnológicos.
La falta de coordinación entre los diferentes niveles de gobierno (nacional, regional y local) y la ausencia de un enfoque
integral en la gestión educativa rural han contribuido a perpetuar estas desigualdades. Como señala Lescano (2021), aunque el
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Estado tiene la potestad y obligación de diseñar políticas educativas efectivas, su rol como garante del derecho a la educación
está comprometido por la falta de una intervención estratégica y dinámica en la atención de las necesidades educativas rurales.
El acceso universal a la educación secundaria en zonas rurales enfrenta significativas limitaciones, a pesar de los esfuerzos del
MINEDU desde 2018. Las iniciativas implementadas han demostrado ser insuficientes para garantizar este derecho
constitucional fundamental (Gómez-Arteta y Escobar-Mamani, 2021).
Las principales barreras identificadas incluyen infraestructura deficiente, escasez de instituciones educativas, falta de
equipamiento tecnológico, conectividad limitada y carencias en la actualización docente. La COVID-19 exacerbó estas
desigualdades en el contexto de la educación digital, poniendo en evidencia la brecha tecnológica entre zonas urbanas y rurales.
La estrategia "Aprendo en Casa" demostró las limitaciones estructurales del sistema, dejando a numerosos estudiantes rurales
sin acceso efectivo debido a restricciones económicas y tecnológicas (Pari-Bedoya et al., 2022).
El Tribunal Constitucional ha declarado un estado de cosas inconstitucional respecto a la disponibilidad y accesibilidad
de instituciones educativas en ámbitos rurales, lo que exige la implementación urgente de medidas correctivas integrales
(Espinoza-Saldaña, 2020). No obstante, el Estado demuestra un desconocimiento de la relevancia del derecho a la educación
en estas áreas, pues no ha cumplido con aplicar su política de atención educativa, ni ha considerado los pronunciamientos y
evaluaciones de organismos constitucionales autónomos como el Tribunal Constitucional, la Defensoría del Pueblo y la
Contraloría General de la República, ni ha atendido la realidad, necesidades e intereses de los pobladores rurales. Por ello, es
esencial fortalecer una cultura basada en el conocimiento normativo para garantizar el derecho fundamental a la educación,
como derecho humano y servicio público, lo cual no solo fortalecerá el ejercicio efectivo de este derecho, sino que contribuirá
a una ciudadanía más informada y participativa. Sin embargo, el Estado peruano no ha cumplido suficientemente con su deber
de garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso a la educación básica para los niños, niñas y adolescentes de las zonas
rurales, por lo que se requieren esfuerzos más contundentes y sostenidos, considerando las particularidades y necesidades
identificadas a partir de un diagnóstico real que involucre a todos los pobladores.
CONCLUSIONES
El análisis de las normas nacionales e internacionales, la jurisprudencia y los informes institucionales, revela que la
educación constituye un derecho humano fundamental y un servicio público sustancial. Este derecho está orientado hacia el
desarrollo integral de los estudiantes, sin discriminación alguna, y contempla cuatro características fundamentales:
disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y adaptabilidad. El marco constitucional peruano establece que la educación es un
derecho inalienable, enfatizando su carácter obligatorio, gratuito, inclusivo y de calidad.
Partiendo del caso paradigmático de las hermanas Cieza Fernández, como lo manifiesta el Tribunal Constitucional del
Perú (2015) en la Sentencia del Expediente N° 00853-2015-PA/TC, el Ministerio de Educación ha reconocido la singularidad
de las zonas rurales, distinguiéndolas del contexto urbano por su riqueza sociocultural, lingüística, biológica y productiva. En
ese sentido, la revisión de antecedentes nacionales evidencia una participación estatal insuficiente en la garantía del derecho
educativo en zonas rurales, caracterizada por un limitado entendimiento de la diversidad cultural de estas áreas y sus
aspiraciones de desarrollo. Se identifican carencias significativas en políticas educativas contextualizadas, infraestructura
tecnológica, recursos educativos y conectividad digital.
La investigación revela que el Estado peruano presenta graves deficiencias en el cumplimiento de su deber
constitucional de garantizar el acceso universal a la educación secundaria en zonas rurales. Si bien el MINEDU implementó en
2018 un plan de atención educativa dirigido a poblaciones en extrema pobreza de zonas rurales, este esfuerzo resultó
insuficiente por la ausencia de elementos esenciales señalados por la Defensoría del Pueblo.
El MINEDU debe implementar un programa de monitoreo continuo a fin de asegurar el cumplimiento de aspectos
fundamentales en zonas rurales, que permita hacer plausibles las cuatro características esenciales de la educación de calidad,
logrando una educación disponible, accesible, aceptable y adaptable (PIDESC, 1999, art. 13, párrafo 2), mediante planes
educativos presupuestados y contextualizados al currículo nacional. Es necesario desarrollar un programa de formación docente
rural con enfoque intercultural y aumentar la inversión en infraestructura educativa, especialmente en tecnologías y programas
adaptados al contexto rural, con un presupuesto sostenible.
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