Análisis comparado de la normativa sobre protección
de los derechos de los animales en el ordenamiento
jurídico del Perú y de Suiza, 2024
Comparative analysis of animal rights protection regulations in the legal
systems of Peru and Switzerland, 2024
Recibido: 13/08/2025 - Aceptado: 11/11/2025
Jaime Cuse Quispe
https://orcid.org/0000-0001-6424-4934
jcusequ@ucvvirtual.edu.pe
Universidad César Vallejo. Lima, Pe
Resumen
El estudio tuvo como objetivo general analizar las diferencias y semejanzas entre la legislación peruana y suiza
sobre la protección de los derechos de los animales en el año 2024, evidenciando que, mientras Suiza posee un
marco normativo avanzado, con sanciones estrictas y un enfoque integral, Perú presenta avances importantes,
como la Ley N.º 30407, aunque enfrenta limitaciones en su implementación debido a barreras culturales y
deficiencias institucionales. Se recurrió a un enfoque cualitativo, basado en el análisis del derecho comparado y
en entrevistas a expertos para validar la información desde el escenario práctico, las cuales permitieron identificar
vacíos en la fiscalización y la sensibilización pública en Perú. Se concluye que, aunque hay progresos, es
necesario fortalecer las instituciones, mejorar la aplicación de sanciones y promover un cambio cultural que
respalde la legislación. La experiencia suiza, que incluye modelos como el abogado protector de animales,
representa un referente clave para mejorar el marco legal nacional y fomentar una convivencia más ética y
armónica entre humanos y animales.
Palabras clave: derecho comparado, protección de los derechos de los animales, sanciones estrictas
Abstract
The overall objective of the study was to analyze the differences and similarities between Peruvian and Swiss
legislation on the protection of animal rights in 2024, showing that while Switzerland has an advanced regulatory
framework with strict penalties and a comprehensive approach, Peru has made significant progress, such as Law
No. 30407, although it faces limitations in its implementation due to cultural barriers and institutional deficiencies.
A qualitative approach was used, based on comparative law analysis and interviews with experts to validate the
information from a practical perspective, which made it possible to identify gaps in enforcement and public
awareness in Peru. It is concluded that, although progress has been made, it is necessary to strengthen
institutions, improve the application of sanctions, and promote a cultural change that supports the legislation. The
Swiss experience, which includes models such as the animal protection lawyer, represents a key reference point
for improving the national legal framework and promoting a more ethical and harmonious coexistence between
humans and animals.
Keywords: comparative law, animal rights protection, strict penalties
Introducción
En el contexto jurídico contemporáneo, la discusión sobre la protección de los derechos de los animales
ha trascendido las fronteras éticas para convertirse en un tema de relevancia constitucional y política en múltiples
países. Este fenómeno refleja un cambio paradigmático en la concepción del Derecho, que ya no se limita al ser
humano, sino que amplía su ámbito de tutela a los animales como seres sintientes merecedores de respeto,
dignidad y protección jurídica. En tal sentido, la evolución normativa internacional demuestra un tránsito desde
un enfoque antropocéntrico hacia una perspectiva biocéntrica o ecocéntrica, que reconoce el valor intrínseco de
toda forma de vida. Dentro de este marco, el estudio comparativo entre las legislaciones de Perú y Suiza adquiere
especial relevancia, pues permite identificar avances, retos y vacíos normativos en la protección legal de los
animales, así como la posibilidad de fortalecer el marco jurídico peruano a partir de experiencias extranjeras.
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A nivel internacional, diversos instrumentos jurídicos y doctrinas filosóficas han promovido el
reconocimiento de los animales como sujetos de derechos. Autores como Tom Regan (2003) y Peter Singer
(1975) inauguraron la discusión contemporánea sobre la consideración ética y jurídica de los animales, al
argumentar que su capacidad de sufrir los hace acreedores de protección legal. Este planteamiento generó un
nuevo enfoque dentro del Derecho Animal.
Países europeos como Alemania y Suiza fueron pioneros en trasladar estas ideas al ámbito
constitucional. En 1992, Suiza incorporó el principio de la “dignidad de las criaturas” en su Carta Magna,
convirtiéndose en uno de los primeros Estados en reconocer explícitamente la dignidad animal como bien jurídico
protegido. Años más tarde, en 1998, Alemania introdujo la protección de los animales como mandato
constitucional, consolidando una tendencia regional hacia la juridificación del bienestar animal. Estos avances
contrastan con la realidad latinoamericana, donde la protección legal de los animales, aunque creciente, aún
enfrenta limitaciones estructurales y culturales.
En el caso peruano, la promulgación de la Ley N.º 30407, Ley de Protección y Bienestar Animal (2016),
representó un hito importante. Esta norma derogó marcos legales previos menos restrictivos y reconoció por
primera vez a los animales como seres sintientes, sujetos a protección ante cualquier acto de crueldad o
sufrimiento injustificado. Sin embargo, su implementación ha evidenciado deficiencias significativas: la falta de
mecanismos eficaces de fiscalización, la ausencia de políticas públicas articuladas y la débil institucionalidad
encargada de su cumplimiento han limitado su impacto real. En consecuencia, persiste un vacío entre la letra de
la ley y su efectividad.
Suiza, por su parte, constituye un referente mundial en materia de protección animal. Su Ley Federal
sobre la Protección de los Animales (1978) y su estructura institucional garantizan un sistema integral de bienestar
que abarca la cría, el transporte, la experimentación, el entretenimiento y el comercio de animales. Además, el
establecimiento del Abogado de los Animales (Animal Protection Lawyer, APL) en el cantón de Zúrich, en 1992,
representó un avance pionero en la historia del Derecho Animal. Esta figura jurídica actuaba como representante
legal de los animales en procesos judiciales, velando por sus intereses y asegurando la aplicación efectiva de la
ley. Aunque fue eliminada en 2014, su existencia marcó un precedente internacional en la defensa jurídica directa
de los animales.
Desde una perspectiva doctrinaria, la evolución de los derechos de los animales ha estado influida por
diversas teorías ético-jurídicas. La teoría del bienestar animal (Singer, 1975) sostiene que las acciones humanas
deben orientarse a minimizar el sufrimiento y maximizar el bienestar de los animales, mientras que la teoría de
los derechos animales (Regan, 1987) defiende que los animales poseen derechos inherentes por su condición
de “sujetos de una vida” dotados de valor intrínseco. A estas se suman enfoques como el sentientismo de Jeremy
Bentham (1789), que introduce la capacidad de sufrir como criterio moral fundamental, y el enfoque de las
capacidades de Martha Nussbaum (2007), que amplía la noción de justicia más allá del ser humano.
El Convenio Europeo sobre la Protección de los Animales en Explotaciones Ganaderas (1976), el
Convenio sobre el Transporte Internacional de Animales (1968) y la Convención sobre el Comercio Internacional
de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES, 1973) han establecido estándares mínimos de
bienestar animal. Asimismo, la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE, hoy WOAH) ha emitido códigos y
directrices (2006, 2009, 2017, 2024) sobre el uso ético de los animales, influyendo significativamente en la
legislación de diversos Estados. Aunque muchos de estos instrumentos carecen de carácter vinculante, su
autoridad moral y técnica ha orientado reformas legales sustantivas en varios países.
En América Latina, países como México, Ecuador, Argentina y Colombia han comenzado a incorporar
gradualmente la protección animal en sus marcos constitucionales y penales. La Corte Constitucional de Ecuador
(2022), por ejemplo, en su Sentencia N.º 253-20-JH/22, reconoció a los animales como sujetos de derechos,
estableciendo la necesidad de una interpretación jurídica interespecie.
En Perú, las investigaciones jurídicas recientes coinciden en que, si bien existe una base normativa sólida,
persiste aún un enfoque patrimonialista en la aplicación de las leyes. Villavicencio (2023) y Paredes (2022)
señalan que el artículo 206-A del Código Penal Peruano (2022), que tipifica el delito de maltrato animal, mantiene
una vinculación con la propiedad, lo que contradice la naturaleza de los animales como seres sintientes. Ello
genera vacíos interpretativos que debilitan la eficacia de la norma y perpetúan una visión cosificadora. Morales
(2023) y Rojas (2024), subrayan la necesidad de reconocer plenamente a los animales como sujetos de derecho,
garantizando mecanismos judiciales efectivos en su favor, incluso mediante figuras como los “derechos post
mortem” o la creación de seguros animales.
En el plano empírico, la situación del maltrato animal en regiones como Madre de Dios, Perú, evidencia
la brecha entre el marco legal y la realidad social. Durante la operación “Mercurio 2019”, por ejemplo, se reportó
el abandono de decenas de animales domésticos tras los operativos contra la minería ilegal (Calloquispe, 2019).
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A ello se suma el persistente tráfico de fauna silvestre, una de las actividades ilícitas más extendidas en la
Amazonía peruana, lo que demuestra la insuficiencia de los mecanismos de control y sanción vigentes. (Radio
Madre de Dios, 2022).
Frente a este panorama, el presente estudio busca analizar las diferencias y semejanzas entre la
legislación peruana y la suiza en materia de protección de los derechos de los animales, con el fin de identificar
las fortalezas, debilidades y oportunidades de mejora del marco jurídico peruano. Este análisis se enmarca en los
Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), particularmente en el ODS 16 (ONU, 2015), que promueve la justicia
y las instituciones lidas. De manera específica, se propuso: (a) comparar los marcos jurídicos de ambos países,
(b) examinar los factores que limitan la efectiva implementación de la legislación en Perú y (c) evaluar en qué
medida el modelo suizo puede servir como referencia para perfeccionar las políticas nacionales.
La relevancia teórica de esta investigación radica en que contribuye al desarrollo del Derecho Animal
como disciplina autónoma dentro del orden jurídico peruano. La comparación con el sistema suizo considerado
uno de los más avanzados del mundo permite delinear estrategias concretas para mejorar la implementación
de la Ley N.º 30407, optimizar los mecanismos de control y promover la educación jurídica y social sobre bienestar
animal. Asimismo, los resultados pueden servir de referencia para legisladores, instituciones públicas,
organizaciones no gubernamentales y activistas comprometidos con la defensa de los derechos de los animales,
favoreciendo el diseño de reformas normativas coherentes con los estándares internacionales.
Finalmente, la pertinencia jurídica de este estudio radica en su contribución al fortalecimiento del Estado
de Derecho. Una legislación que protege efectivamente a los animales refleja un orden jurídico comprometido
con la justicia, la equidad y el respeto por toda forma de vida. De este modo, la investigación no solo pretende
describir diferencias legales, sino también ofrecer propuestas de armonización y reforma orientadas al
cumplimiento efectivo de los principios de dignidad y bienestar animal.
En síntesis, este trabajo se inscribe dentro del campo del Derecho Comparado, con un enfoque analítico
y propositivo. Busca aportar al debate jurídico sobre el estatus de los animales dentro del orden normativo,
examinando cómo distintas culturas jurídicas —una europea y otra latinoamericana— abordan el mismo desafío
ético y legal. El estudio demuestra que la protección de los derechos de los animales no puede depender
únicamente de la promulgación de leyes, sino que requiere voluntad política, educación social, institucionalidad
sólida y coherencia entre los valores constitucionales y las prácticas sociales. Solo a través de una mirada
comparativa, crítica y constructiva será posible avanzar hacia un Derecho que reconozca a los animales como
miembros legítimos de la comunidad moral y jurídica, reafirmando el compromiso del Perú con una justicia
inclusiva, sostenible y verdaderamente universal.
Metodología
El presente estudio adoptó un enfoque cualitativo, cuyo propósito central fue comprender y analizar en
profundidad los marcos jurídicos que regulan la protección de los derechos de los animales en el Perú y Suiza.
Este tipo de enfoque, caracterizado por su naturaleza flexible y reflexiva, permite formular preguntas de
investigación antes, durante o después de la recolección de datos, favoreciendo un análisis dinámico entre los
hechos y su interpretación, tal como señalan Hernández y Mendoza (2020). A partir de ello, se buscó explorar el
fenómeno jurídico desde una perspectiva comprensiva y crítica, considerando los contextos normativos, sociales
y éticos involucrados.
La investigación se clasificó como básica, al orientarse hacia el análisis y descripción teórica de las
categorías de estudio sin pretender intervenir directamente en la realidad. Su finalidad fue ampliar el conocimiento
jurídico sobre el objeto de estudio, sustentándose en la doctrina, la jurisprudencia y la legislación comparada. En
este marco, se aplicó el diseño de teoría fundamentada, que, según Monje (2011), invierte el proceso tradicional
de investigación al partir de la recolección de datos para construir conceptos y categorías teóricas emergentes.
Este diseño resultó adecuado para identificar patrones normativos y doctrinarios relevantes en la protección
animal dentro de los sistemas jurídicos peruano y suizo.
Las categorías y subcategorías de análisis se definieron a partir del marco teórico y de los objetivos del
estudio. La primera categoría, referida a los derechos de los animales, abarcó los derechos a la vida, a no sufrir
maltrato, a un ambiente adecuado y a la imposición de sanciones ante actos de crueldad. La segunda categoría,
centrada en la legislación peruana, comprendió los artículos más relevantes de la Ley N.º 30407, entre ellos la
prohibición del sacrificio sin causa justa, las sanciones contra el maltrato, la obligación de proporcionar un entorno
adecuado y las penas de prisión y multa. La tercera categoría, referida a la legislación suiza, consideró
disposiciones de la Ley Federal de Protección Animal, incluyendo la sanción por maltrato grave, la regulación del
espacio vital y la alimentación, la prohibición de explotación en espectáculos y las penas previstas en su artículo
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35. Estas categorías facilitaron la comparación sistemática entre ambos sistemas jurídicos, identificando
similitudes, diferencias y niveles de eficacia en la implementación de las normas de bienestar animal.
El escenario de investigación comprendió dos ámbitos normativos: el peruano, centrado en la Ley N.º
30407 y su aplicación en la realidad nacional, y el suizo, tomado como referencia por su modelo jurídico avanzado
en materia de bienestar animal. En ambos contextos se analizaron leyes, doctrina, jurisprudencia y políticas
públicas vinculadas a la protección animal, lo que permitió una comprensión integral del fenómeno desde una
perspectiva comparada. La muestra estuvo conformada por once especialistas en Derecho penal y Derecho
comparado, entre ellos abogados litigantes, jueces y docentes universitarios con grado de maestría en Derecho.
Su participación fue esencial para contrastar las percepciones teóricas con la práctica jurídica, aportando
diferentes visiones sobre la eficacia y los desafíos de la legislación vigente. La selección se realizó mediante
muestreo intencional, considerando la experiencia profesional y el conocimiento especializado de los
participantes.
Para la recolección de datos se utilizó la entrevista semiestructurada, aplicada a los expertos
seleccionados y complementada con una guía de análisis documental destinada al examen de las fuentes
normativas y doctrinarias. Según Ñaupas et al. (2014), las técnicas de investigación son procedimientos
esenciales para garantizar la validez y confiabilidad de los resultados. En ese sentido, el instrumento principal fue
la guía de entrevista, diseñada conforme a las recomendaciones de Yin (2009), quien sostiene que este tipo de
herramienta permite obtener información profunda y flexible, adaptando las preguntas al contexto del entrevistado.
Asimismo, la guía de análisis documental permitió la revisión sistemática de textos legales, tratados
internacionales y jurisprudencia relevante, fortaleciendo la validez del estudio mediante la triangulación de datos.
Previo al trabajo de campo, se recopiló información documental relativa a las categorías de estudio. Los
datos se organizaron y procesaron mediante el software Atlas.ti (versión 23), que permitió codificar las respuestas
de los entrevistados y vincularlas con los fragmentos doctrinales y normativos analizados. El uso de esta
herramienta posibilitó una interpretación rigurosa de los discursos y un análisis visual, mediante redes
conceptuales que reflejaron las relaciones entre categorías, subcategorías y hallazgos.
El procesamiento de la información se sustentó en dos enfoques metodológicos complementarios.
Primero, se aplicó el método comparado, conforme a la propuesta de David et al. (1978), que permite examinar
las estructuras y principios de los principales sistemas jurídicos del mundo para identificar semejanzas y
diferencias. Segundo, se utilizó el método dogmático-jurídico, definido por Kelsen (1960) como el análisis
sistemático e interpretativo del contenido normativo. Este doble enfoque integró la dimensión teórica del Derecho
con la observación empírica de su aplicación, consolidando un análisis sólido y coherente.
Finalmente, la investigación cumplió con los principios éticos formulados por Creswell et al. (2017),
enfatizando la protección de los participantes, la confidencialidad, el consentimiento informado y la transparencia
en el tratamiento de los resultados. Todos los participantes fueron informados acerca de los objetivos del estudio,
la voluntariedad de su participación y el uso exclusivamente académico de la información. Asimismo, se garantizó
el respeto a la dignidad, los derechos y el bienestar de las personas entrevistadas, cumpliendo con los estándares
éticos internacionales aplicables a la investigación científica en Derecho.
Resultados
Protección de los derechos de los animales
Los resultados evidencian que la legislación constituye un instrumento clave para reducir la mortalidad
animal. Los participantes coincidieron en que un sistema normativo sólido puede disminuir la explotación y el
maltrato, siempre que existan mecanismos efectivos de control y fiscalización. Como señaló el Participante N.º 1,
las leyes bien diseñadas y aplicadas con eficiencia contribuyen a la conservación de especies y al control de
actividades ilegales, mientras que una normativa bil o fragmentada fomenta la vulnerabilidad y la impunidad.
Este hallazgo coincide con lo expuesto por Regan (1987), quien sostiene que los animales deben ser protegidos
por su valor intrínseco, y no solo por su utilidad social o económica.
Asimismo, se identificaron marcadas diferencias entre zonas urbanas y rurales en cuanto al acceso a la
justicia y la sensibilización sobre el bienestar animal. Los participantes (P-02 y P-04) señalaron que en las zonas
rurales, las limitaciones de infraestructura, educación y comunicación dificultan las denuncias por maltrato y la
ejecución de sanciones. En cambio, en las zonas urbanas hay mayor presencia institucional, programas
municipales y campañas de concientización, aunque aún con debilidades en la fiscalización. Esta brecha territorial
evidencia la desigualdad estructural que persiste en la aplicación del Derecho y afecta la universalidad de la
protección animal.
Por otro lado, la noción de “espacio óptimo para el bienestar animal” emergió como un elemento central.
Los participantes coincidieron en que los animales deben contar con ambientes adecuados que garanticen su
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salud física, emocional y comportamental. Tal como expresó el participante N.º 9, la falta de espacios apropiados
provoca estrés, agresividad y riesgos sanitarios, lo que también repercute en la convivencia social. Este enfoque
se vincula con la teoría del bienestar animal de Singer (1975), que enfatiza la obligación moral de reducir el
sufrimiento de todos los seres sintientes.
Finalmente, los entrevistados destacaron los desafíos del sistema judicial peruano. Según el participante
N.º 10, las sanciones previstas en la Ley N.º 30407 son insuficientes y su aplicación es limitada por la falta de
pruebas y la ineficiencia procesal. Aunque se registran algunos avances como sentencias condenatorias
recientes, persiste la impunidad en la mayoría de los casos, lo que genera desconfianza ciudadana. Esta
observación concuerda con los datos documentales, que muestran que en 2023 solo se dictaron doce sentencias
por maltrato animal, mientras la mayoría de denuncias fue archivada. Este resultado confirma la necesidad de
fortalecer la capacidad institucional y el compromiso judicial para garantizar una protección legal efectiva
Análisis jurídico en la legislación peruana: Ley N.º 30407
La Ley de Protección y Bienestar Animal del Perú reconoce a los animales como seres sintientes y
establece sanciones por actos de crueldad, abandono o sacrificios injustificados. Sin embargo, los resultados
indican que su implementación aún presenta graves deficiencias estructurales. Los participantes coincidieron en
que el sacrificio animal solo debe practicarse por razones éticas y bajo supervisión profesional, tal como afirmó
el participante N.º 10, quien subrayó que solo un veterinario debe determinar la eutanasia en casos de sufrimiento
irreversible. Este criterio se alinea con los principios del artículo 1 de la Ley 30407, que prohíbe el sacrificio sin
causa justa, y refleja una coincidencia con los estándares internacionales de la OIE.
En cuanto al rol de las instituciones gubernamentales, se identificaron deficiencias graves en la
fiscalización. Los entrevistados (P-04 y P-08) señalaron que entidades como el SENASA y las municipalidades
locales carecen de recursos y personal capacitado, lo que limita la supervisión de los espacios donde se
mantienen animales. Esta carencia coincide con el análisis documental, que revela que, aunque la Ley 30407
asigna responsabilidades claras, la falta de articulación interinstitucional impide una fiscalización efectiva. Ñaupas
et al. (2014) subrayan que el control y la sistematicidad son esenciales en cualquier proceso de investigación o
gestión; su ausencia explica la escasa eficacia de las políticas de bienestar animal en el Perú.
Los participantes también cuestionaron la falta de compromiso de las autoridades locales. El participante
N.º 10 manifestó que las municipalidades no muestran interés ni ejecutan programas sostenibles de control y
protección animal, lo que perpetúa el abandono masivo y el maltrato en la vía pública. Este hallazgo reafirma la
necesidad de fortalecer las competencias institucionales y la educación cívica en materia de derechos de los
animales.
Análisis jurídico de la legislación suiza
La Ley Federal de Protección de los Animales de Suiza se distingue por su enfoque integral y su rigurosa
aplicación. Cubre todas las dimensiones del bienestar animal —física, psicológica y ambiental e impone
sanciones severas a quienes incumplen sus disposiciones. El análisis documental muestra que la normativa suiza
regula con precisión el transporte, sacrificio, cría, experimentación y uso de animales en espectáculos, con énfasis
en evitar el sufrimiento innecesario. Además, establece mecanismos de supervisión periódica, como auditorías y
controles institucionales, que garantizan el cumplimiento efectivo de la ley.
Uno de los aportes más significativos de la legislación suiza fue la creación de la figura del Abogado de
los Animales (APL), instaurada en el cantón de Zúrich en 1992. Aunque fue descontinuada en 2014, su existencia
marcó un precedente histórico al reconocer a los animales como víctimas dentro de los procesos judiciales y
garantizar su representación legal (Blattner, 2020). Este modelo constituye un referente ético y jurídico para los
países que buscan fortalecer su marco de protección animal, como el Perú.
El impacto de la legislación suiza trasciende el ámbito legal: refleja una cultura social comprometida con
la ética animal, en la que el respeto hacia otras especies forma parte de la identidad nacional. Este entorno cultural
facilita la aplicación de las leyes y potencia su efectividad, demostrando que el éxito normativo depende tanto del
diseño legal como de la madurez ética y educativa de la sociedad que lo sustenta.
Comparación entre Perú y Suiza
El contraste entre ambas legislaciones, representado en la Figura 6 del estudio original, muestra que
Suiza supera a Perú en todas las categorías evaluadas: bienestar animal, regulación del sacrificio, protección en
espectáculos, sanciones y educación cívica. Los puntajes promedio (Suiza: 8.4; Perú: 5.2) reflejan una diferencia
significativa en la aplicación práctica de las normas. Mientras que en Suiza la legislación se apoya en un sistema
institucional sólido y una cultura jurídica consolidada, en Perú la debilidad administrativa y la limitada educación
ciudadana obstaculizan su cumplimiento. Estos resultados confirman los postulados de Kelsen (1960) sobre la
importancia del sistema normativo como un conjunto coherente y eficaz para garantizar la justicia material.
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La categoría emergente de “Cultura Jurídicasintetiza los factores sociales y culturales que influyen en la
aplicación de las leyes. En Suiza, la alta confianza en el sistema judicial y la educación ética aseguran el
cumplimiento normativo. En Perú, en cambio, persisten visiones utilitarias y prácticas tradicionales que dificultan
la aceptación social de los derechos animales. Esta diferencia cultural explica la brecha entre la ley escrita y su
eficacia real, reafirmando la necesidad de fortalecer la sensibilización y la educación jurídica.
Discusión
Los hallazgos empíricos y documentales confirman que la legislación peruana, aunque avanzada en su
formulación, presenta deficiencias en su ejecución. Tal como señalan Singer (1975) y Regan (1987), la verdadera
protección animal requiere una ética de reconocimiento, no solo una norma punitiva. Suiza constituye un modelo
de referencia, al integrar principios éticos, mecanismos judiciales efectivos y una cultura de respeto hacia los
animales. La investigación de Cifuentes et al. (2022) sobre la experiencia colombiana coincide con estos
resultados. En conclusión, los resultados demuestran que el desarrollo legislativo por sí solo no garantiza la
protección de los derechos animales. Es indispensable un enfoque holístico que combine legislación, educación,
cultura jurídica y fortalecimiento institucional. La comparación entre Perú y Suiza revela que la verdadera
transformación jurídica requiere no solo de leyes más severas, sino de una sociedad consciente, comprometida
y empática con todas las formas de vida.
Conclusiones
El análisis comparativo de la legislación peruana y suiza sobre protección animal en 2024 revela
diferencias sustanciales en su enfoque, estructura normativa e implementación. Suiza cuenta con un marco legal
avanzado, basado en principios como el “trato digno” y respaldado por una cultura de respeto hacia los animales.
Perú, si bien ha progresado con la Ley N.º 30407 al reconocer a los animales como seres sintientes, mantiene un
enfoque antropocéntrico al tipificar las infracciones como delitos contra el patrimonio en el Código Penal, lo que
restringe su alcance. La implementación enfrenta barreras de tipo cultural, estructural y educativo, especialmente
en zonas rurales.
Una comparación detallada muestra que ambos países comparten el interés en la protección animal,
aunque con estrategias divergentes. Perú se enfoca en sanciones penales por actos de crueldad, mientras que
Suiza regula de forma integral aspectos como la ganadería, el transporte y el sacrificio, e incorpora mecanismos
innovadores como el Abogado Protector de Animales. Una similitud central es el reconocimiento de la sintiencia
animal; sin embargo, la aplicación suiza resulta más coherente, profunda y efectiva.
Los factores que limitan la eficacia en Perú incluyen la escasez de recursos institucionales, la falta de
personal capacitado y la ausencia de protocolos claros de fiscalización. La baja sensibilización pública y una
cultura jurídica poco desarrollada en materia de bienestar animal perpetúan actitudes de indiferencia. Las
sanciones penales actuales carecen de efecto disuasorio, lo que sugiere la necesidad de complementarlas con
medidas administrativas y educativas.
La legislación suiza se presenta como un modelo de referencia para el Perú. Elementos como el “trato
digno”, las sanciones severas, la supervisión estricta y figuras como el Abogado Protector de Animales podrían
adaptarse al contexto nacional para fortalecer la Ley N.º 30407 y superar las barreras culturales, económicas y
estructurales existentes.
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